El Tribunal Administrativo de Antioquia declaró responsable a la Nación, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional por las lesiones sufridas por Maikol Rubén Granda Palacio mientras permanecía retenido transitoriamente en la estación de Policía de San Carlos, en el oriente antioqueño, en hechos ocurridos el 15 de febrero de 2014.
La decisión fue adoptada por la Sala Cuarta del Tribunal mediante sentencia del 8 de mayo de 2026, al resolver un recurso de apelación presentado por la parte demandante contra un fallo de 2018 que había negado las pretensiones de reparación.
El hombre había acudido a la Policía en busca de protección
Según el expediente, Granda Palacio llegó en la madrugada a la estación policial buscando protección luego de un altercado con varias personas. De acuerdo con su versión, tras solicitar ayuda fue esposado, ingresado a un calabozo y posteriormente agredido por uniformados.
Los registros médicos evidenciaron múltiples lesiones en el rostro, el tórax y otras partes del cuerpo. El ciudadano fue atendido inicialmente en el Hospital San Vicente de Paúl de San Carlos y luego trasladado a la Clínica Somer, en Rionegro, donde permaneció hospitalizado varios días.
Además, Medicina Legal le otorgó una incapacidad médico-legal de 25 días como consecuencia de las heridas sufridas.
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El Tribunal revocó el fallo que había negado la demanda
En primera instancia, el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Medellín concluyó que no existían pruebas suficientes para establecer que las lesiones hubieran sido ocasionadas por miembros de la Policía Nacional y negó las pretensiones de la demanda.
Sin embargo, al revisar el caso, el Tribunal valoró de manera conjunta las pruebas documentales, médicas y testimoniales, y concluyó que las lesiones ocurrieron mientras el ciudadano se encontraba bajo custodia de la fuerza pública.
“A partir de estos hechos debidamente acreditados, la Sala infiere, por vía indiciaria, el hecho desconocido consistente en que las lesiones fueron ocasionadas dentro de la estación de policía. Esta conclusión otorga credibilidad a la versión del demandante sobre la ocurrencia de los hechos y, correlativamente, desvirtúa la de los agentes”, señala la sentencia.
El Estado incumplió su deber de protección
El Tribunal recordó que cuando una persona es privada de la libertad o retenida por autoridades estatales, el Estado adquiere la posición de garante sobre su integridad física, por lo que tiene la obligación de devolverla en las mismas condiciones en que fue recibida.
Con esta decisión, la corporación revocó la sentencia de primera instancia y abrió paso a la correspondiente indemnización a favor de la víctima y sus familiares por los perjuicios derivados de los hechos.
Preguntas y respuestas
¿Qué decidió el Tribunal Administrativo de Antioquia? Declaró responsable a la Nación, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional por las lesiones sufridas por Maikol Rubén Granda Palacio mientras estaba retenido en una estación de Policía.
¿Dónde ocurrieron los hechos? En la estación de Policía del municipio de San Carlos, en el oriente de Antioquia, el 15 de febrero de 2014.
¿Qué lesiones presentó la víctima? Sufrió múltiples lesiones en el rostro, tórax y otras partes del cuerpo, por las que recibió una incapacidad médico-legal de 25 días.
¿Por qué el Tribunal revocó el fallo inicial? Porque encontró elementos probatorios suficientes para concluir que las lesiones ocurrieron mientras el ciudadano estaba bajo custodia estatal y que el Estado incumplió su deber de protección.
¿Qué consecuencias tiene la sentencia? La decisión reconoce la responsabilidad estatal y permite avanzar en la indemnización de la víctima y de sus familiares por los daños ocasionados.