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No se declaró impedida: la decisión judicial que deja sin investidura a concejala de Itagüí

Pérdida de investidura contra concejala de Itaguí.

El Consejo de Estado confirmó la pérdida de investidura de la concejal de Itagüí María Angélica Gaviria Londoño.

Redes sociales de María Angélica Gaviria Londoño Pérdida de investidura contra concejala de Itaguí.

La Sección Primera del Consejo de Estado confirmó la sentencia de segunda instancia que decreta la pérdida de investidura de la concejal de Itagüí, María Angélica Gaviria Londoño, elegida para el período 2024-2027 con el aval del Partido Conservador.

La decisión, fechada el 25 de junio de 2026 y conocida por la afectada el pasado 20 de agosto, confirma el fallo de primera instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia el 28 de abril de este año.

Según el expediente, el 12 de enero de 2024 el concejal Jorge Iván Restrepo Arias presentó ante la plenaria una proposición para exaltar a Norberto Gaviria Álvarez, padre de la concejal y también exconcejal del municipio durante 25 años, por su trayectoria política. La accionada participó en la discusión y votó favorablemente la iniciativa sin declararse impedida, pese a tratarse de su padre.

Consejo de Estado encontró conflicto de intereses

Para el alto tribunal, esa participación configuró un conflicto de intereses de tipo moral, pues el reconocimiento incidía en el buen nombre y la reputación de su padre, generando un interés directo, particular y actual que la obligaba a declararse impedida, conforme al artículo 70 de la Ley 136 de 1994.

Tras conocerse el fallo, la propia concejal María Angélica Gaviria Londoño manifestó respeto por la decisión de la alta corte y anunció que agotará todas las instancias judiciales disponibles. Señaló además que la providencia aún no está en firme, por lo que continuará sesionando.

“Lo más importante es que aún no está firme el fallo y continuaremos sesionando. Lo más importante, haciendo respetar la voluntad de cada uno de ustedes que depositaron ese voto de confianza en nosotros y aún más importante, haciendo respetar a las mujeres del Consejo Municipal de Itagüí para que no continúen los atropellos”.

Defensa alegó inexperiencia de la concejal

La defensa de la concejal había alegado que la iniciativa fue del concejal Restrepo Arias, que la decisión final correspondió a la mesa directiva mediante la Resolución 002 de 2024, y que su inexperiencia como concejal y su formación no jurídica reducían su nivel de responsabilidad.

El Consejo de Estado desestimó estos argumentos y concluyó que la actuación fue gravemente culposa, dado que la concejal contaba con formación profesional que le permitía comprender el régimen de conflicto de intereses.

Fallo aún no estaría en firme

La concejal aseguró que continuará ejerciendo sus funciones mientras la decisión no quede en firme y anunció que acudirá a las instancias judiciales que tenga disponibles. El proceso se originó en la participación que tuvo en la discusión y votación de un reconocimiento dirigido a su padre, pese a que, según el Consejo de Estado, debió declararse impedida antes de intervenir.

Esta noticia en cinco preguntas

¿Por qué el Consejo de Estado decretó la pérdida de investidura de María Angélica Gaviria?

La Sección Primera del Consejo de Estado confirmó la pérdida de investidura porque consideró que la concejal participó y votó en una iniciativa relacionada directamente con el reconocimiento público de su padre, Norberto Gaviria Álvarez, sin declararse impedida. Para el alto tribunal, esta actuación configuró un conflicto de intereses de tipo moral, debido a que el reconocimiento podía incidir en el buen nombre y la reputación de su familiar. La decisión concluyó que existía un interés directo, particular y actual que obligaba a la concejal a apartarse de la discusión y votación.

¿Qué ocurrió con la proposición que generó el proceso?

El 12 de enero de 2024, el concejal Jorge Iván Restrepo Arias presentó ante la plenaria del Concejo de Itagüí una proposición para exaltar a Norberto Gaviria Álvarez por su trayectoria política. Gaviria Álvarez es el padre de la concejal y fue concejal del municipio durante 25 años. María Angélica Gaviria participó en la discusión de la iniciativa y votó favorablemente, pero no manifestó un impedimento. Este hecho fue considerado determinante por las autoridades judiciales para establecer la existencia del conflicto de intereses.

¿Qué argumentó la defensa de la concejal?

La defensa sostuvo que la iniciativa no había sido presentada por María Angélica Gaviria, sino por el concejal Jorge Iván Restrepo Arias, y que la decisión final correspondió a la mesa directiva del Concejo mediante la Resolución 002 de 2024. También argumentó que la concejal tenía poca experiencia en el cargo y una formación que no era jurídica, circunstancias que, según la defensa, debían ser consideradas para determinar su responsabilidad. Sin embargo, el Consejo de Estado desestimó estos argumentos.

¿Qué dijo el Consejo de Estado sobre la responsabilidad de la concejal?

El alto tribunal concluyó que la actuación de la concejal fue gravemente culposa, debido a que contaba con formación profesional suficiente para comprender las reglas relacionadas con los conflictos de intereses. Para el Consejo de Estado, las circunstancias alegadas por la defensa no eliminaban su responsabilidad frente al deber de declararse impedida cuando existía un interés directo relacionado con un familiar. Por esa razón, confirmó la decisión adoptada previamente por el Tribunal Administrativo de Antioquia.

¿La concejal María Angélica Gaviria ya debe dejar el cargo?

La propia concejal manifestó que la providencia aún no está en firme y que continuará sesionando mientras se surten las actuaciones judiciales correspondientes. Gaviria aseguró que respetará la decisión del Consejo de Estado, pero anunció que agotará las instancias disponibles para controvertirla. Por ahora, el fallo confirmado por la Sección Primera constituye una decisión judicial adversa a su investidura, aunque la concejal sostiene que continuará ejerciendo sus funciones mientras la providencia no quede en firme.